Por el Comité editorial de IVI Santiago
El próximo 25 de noviembre es el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer. En el último año, un promedio de 243 millones de mujeres y niñas entre los 15 y 49 años han sido víctimas de violencia física o sexual por parte de la pareja, según estimaciones de ONU Mujeres.
Concientizar
Estos datos se interpretan de la siguiente manera: 1 de cada 3 mujeres en el mundo tiene que luchar constantemente con la violación a sus derechos humanos. Y esto no es todo: estas estadísticas se incrementaron tras la cuarentena por el COVID-19. En el Día Internacional para la eliminación de la Violencia contra la Mujer, desde IVI Chile nos parece importante hablar sobre los derechos de la mujer.
Lo que dice la ley
Antes de entrar en la materia de los derechos de la mujer, vale explicar que se entiende a la violencia física como todas aquellas formas de agresión en contra de la mujer, que abarcan desde los empujones, zarandeos, tirones de pelo, pellizcos, apretones, golpes con el puño, patadas y golpes con objetos, hasta el femicidio. De acuerdo a la legislación chilena (ley 20.480), la definición de un femicidio “se basa en el asesinato de una mujer realizado por quien es o ha sido su esposo o conviviente”.
La violencia no solo es física
Por desconocimiento, miedo o inseguridad muchas mujeres en el mundo confunden un maltrato de su pareja hacia ellas como “algo normal”. Y esto está muy lejos de la realidad. Los primeros signos de violencia contra la mujer suelen ser casi imperceptibles tanto ante la mirada de la víctima como de sus familiares; pero vulneran de igual manera la integridad de la mujer. Supervisar con quién sale su pareja, prohibir que frecuente a sus amistades o núcleo familiar, llamar insistentemente a su celular y pedir las contraseñas de las redes sociales son algunos de los comportamientos más frecuentes en estos hogares disfuncionales. Entre los distintos tipos de violencia, podemos diferenciar 5:
- Violencia psicológica: en este tipo de violencia el victimario sabe qué hacer específicamente para intentar controlar a una mujer a través de amenazas, humillaciones y hasta con presión emocional.
- Violencia sexual: en estos casos, las mujeres son obligadas, mediante la fuerza física y amenazas psicológicas, a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad.
- Violencia económica: Otra de las formas de controlar a la mujer es supervisando cuánto dinero gana en su trabajo. Por otro lado, les exigen esa entrada de dinero para su propia manutención, el de los hijos o bien sea otro familiar, aunque la persona no esté de acuerdo. Se entiende también como violencia económica a aquellas situaciones en las que las mujeres se ocupan de las tareas domésticas y de cuidado sin poder disponer de dinero.
- Acoso sexual: podría decirse que es uno de los tipos de violencia con mayores índices en el mundo. Es todo comentario reiterado o conducta con connotación sexual que implique hostigamiento, asedio y que tenga por fin inducir a otra persona a acceder a requerimientos sexuales no deseados o no consentidos. A su vez, hay distintos tipos de acoso sexual, por ejemplo, el acoso sexual callejero, definido como toda conducta o acción, física o verbal, con connotación sexual y no deseada, que de manera directa o indirecta afecten y/o perturben la vida, dignidad, libertad, integridad física y/o psicológica y/o el libre tránsito de una persona.
- Abuso sexual: Se entiende por abuso sexual cuando las conductas del acoso, que es grave y dañino para la víctima, escalan en su gravedad y hay un contacto físico manifiestamente abusivo. Y atención, en algunos casos el contacto físico no es un requerimiento. Por ejemplo, si la víctima es obligada a desvestirse y tocarse, es abuso.
No tengas miedo, estos son tus derechos como mujer
Según la Carta de las Naciones Unidas y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), concuerdan que hay que ponerle punto final a la discriminación por razones de sexo; pues como entidad articulan esfuerzos para garantizar la igualdad de derechos de mujeres y hombres con el firme propósito de lograr la eliminación de la violencia contra la mujer. Incluso, trabajan para que tampoco exista una discriminación flagrante en la política, en el campo laboral y cualquier aspecto que sea menester. Entre otros se mencionan 10 derechos a:
- Tener un salario igual que el hombre.
- Votar y a ser votada.
- Obtener educación.
- Vestir como desee.
- Trabajar en cualquier rubro que quiera.
- No ser discriminada por su condición de mujer.
- Ocupar cargos en la administración pública.
- Elegir libremente el número de hijos que tendrá y a formar una familia.
- Decidir sobre su sexualidad, incluso sobre su reproducción.
- Emitir una opinión libre sin ser cuestionada.
La salud y reproducción sexual también es un derecho de la mujer
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), puede definirse la salud sexual como “un estado de bienestar físico, mental y social en relación con la sexualidad. Requiere un enfoque positivo y respetuoso de la sexualidad y de las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales placenteras y seguras, libres de toda coacción, discriminación y violencia”.
De la salud sexual
Para efectos, el derecho a la salud sexual no es un tema nuevo dentro de la sociedad, sino que data del año 1994 en el marco de los Derechos Sexuales y Reproductivos que se incluyen como parte de los Derechos Humanos básicos en el mundo. Desde entonces, han sido innumerables los esfuerzos que se han gestado en pro de la mujer para velar por su integridad tanto en la etapa de la niñez como en la adolescencia y la adultez.
En este sentido, las autoridades competentes han establecido que dentro de la salud sexual y reproducción se contempla la atención oportuna y adecuada por parte de los servicios de salud establecidos en cada país y que, además, son indispensables durante la etapa reproductiva de la mujer.
Respeto a las distintas formas de ser madre
En el año 1965, la 18ª asamblea mundial de salud estableció que, bajo el principio de planificación familiar, construir una familia debiera ser una elección libre e informada de cada pareja. Esta definición toma importancia en el contexto de la infertilidad, en la medida que el concepto de planificación familiar se basa en la posibilidad de que los individuos y las parejas puedan planificar tanto el número de hijos que quieren tener, como el momento en que lleguen, mediante el acceso tanto a métodos anticonceptivos como a tratamientos para la infertilidad.
La salud reproductiva como un derecho
A su vez, la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD) considera la salud reproductiva como el derecho básico de todas las parejas e individuos. De este modo, en el Programa de Acción de la CIPD, se establece que dentro de los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva que deberían ofrecerse en el nivel de la atención primaria, se encuentra la prevención y tratamiento apropiado de la infertilidad.
Nuevos modelos de familia
En cuanto a los distintos modelos de familia, en Chile la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) determinó que “las familias monoparentales -en su mayoría- están encabezadas por mujeres, ubicándose en un 88,7% de familias constituidas por la jefatura femenina”. Por otro lado, existe una resolución que establece una guía para el estudio y tratamiento de la infertilidad como la Inseminación Artificial, y la Fecundación in Vitro.
Una nueva guía para mujeres empoderadas
Por otro lado, debido a los cambios en los esquemas ideológicos, aunado a la transformación del mapa sociológico, que presentan las nuevas estructuras de la familia, desde IVI Santiago se pone a disposición la guía denominada La Mejor Decisión para familias monoparentales para todas aquellas mujeres que decidan ser madres sin pareja y constituir un hogar sin la figura paterna. Vale enfatizar que este particular también forma parte de los derechos de la mujer.
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